DEBATAMOS EL ESTATUTO (I)

El otro día en una cajetilla de Marlboro pude leer: "El tabaco perjudica seriamente su salud es verdad, pero el Estatuto la perjudica mucho más". Poco después, Manuel Torre Iglesias entrevistaba en Saber vivir a un dermatólogo de Ponferrada para conocer las reacciones alérgicas del Estatuto y las infecciones cutáneas que provoca. Parece ser que hoy se ha convocado una rueda de prensa del equipo español de esquí desplazado a Turín, para confesar que los malos resultados obedecen a los efectos perniciosos del Estatuto catalán. Mientras tanto, nos cuenta Lunaro que Javier Arenas (exagerando su acento andaluz como si fuera Chiquito de la Calzada) afirma que "el pacto de Zapatero con el nacionalismo catalán perjudica a los andaluces y Chaves no hace nada para remediarlo".

Ésta es la nueva versión del piove, porco governo. Ahora piove, porco estatuto. Seguramente, es el mejor momento para empezar a debatir el Estatuto, el mejor momento para abrir el debate sobre los contenidos, los posibles efectos, las interpretaciones y las controversias del texto. Luz y taquígrafos.

Título primero

Empiezo la colección con algunas anotaciones sobre el título I. Como sabéis existe ya un texto acordado por la ponencia (gracias, Miquel Iceta), aunque han quedado algunas enmiendas vivas. El título I es el de derechos, deberes y principios rectores. Está formado por cinco capítulos y 54 artículos. En el debate del Parlamento catalán, PSC, ICV y ERC votaron a favor. El PPC votó en contra porque consideró innecesario el título. Convergència i Unió también votó en contra porque pretendía crear una Carta de derechos y deberes separada del Estatuto. Debo decir que me siento muy orgulloso de este capítulo. Creo que Cataluña propone un nuevo pacto social, unas reglas del juego con las que me siento muy cómodo.

1. ¿Por qué este título?

Es cierto que existen detractores del título primero. Se argumenta que en el Estatuto vigente no existe este título y que en su momento la Constitución pactó los derechos de los españoles. La posición de CiU es diferente. Considera que si se incluye este título en el Estatuto debe ser refrendado no sólo en el Parlamento catalán, sino también en el Congreso.

Los argumentos a favor del título son:

  1. La Constitución ha envejecido. La transformación de la sociedad ha sido de tal calibre que las tímidas demandas de los años 80 han crecido notablemente. Cuestiones como la sostenibilidad, el medio ambiente, los derechos de los consumidores, el acceso a una administración de calidad o el papel de la sanidad pública han evolucionado mucho desde el primer texto.
  2. La sociedad ha madurado. Eso afecta a temas como el divorcio, el aborto, el derecho a una muerte digna o el concepto de familias (que no familia) que se han asentado en la gran mayoría de los ciudadanos.
  3. Existen algunas especificidades en Cataluña que merecen una atención específica, especialmente en relación con el ámbito lingüístico.
  4. En realidad, es difícil imaginar un documento legislativo marco que no contemple un capítulo como éste. Todas las cartas magnas del mundo lo incorporan y los primeros documentos de reformas estatutarias (por ejemplo, en Andalucía o País Valenciano) también lo incorporan.

2. ¿Propone el Estatuto la eutanasia?

No, no la propone. El artículo 20.1. ha sido uno de los más controvertidos. Reconoce el derecho de todas las personas "a vivir con dignidad el proceso de su muerte". Es verdad que abre las puertas a un tema aún mal resuelto, como es la decisión del enfermo sobre su propia vida y el acto de morir. Creo sinceramente que este redactado era suficientemente laxo como para adaptarse a diversas interpretaciones. De todas formas, CiU ha forzado un añadido, que es "y a recibir un adecuado tratamiento del dolor y los ciudados paliativos".
En el 20.2 se recoge el derecho a la redacción de un testamento vital, tal y como contempla la legislación catalana vigente.


3. ¿El redactado del Estatuto margina a los castellanohablantes?

He dedicado varios posts a negar este extremo. De hecho, el texto acordado recoge el espíritu y la letra del modelo de convivencia lingüística de Cataluña. Todas las disposiciones se recogen en un capítulo tercero, que tiene seis artículos. Veamos las líneas maestras del texto:

  • "Todas las personas tienen derecho a no ser discriminadas por razones lingüísticas"
  • "En las relaciones con las instituciones, las organizaciones y las administraciones públicas en Cataluña, todas las personas tienen el derecho a utilizar la lengua oficial que elijan"
  • "La enseñanza del catalán y del castellano debe tener una presencia adecuada en los planes de estudio"
  • "Los alumnos tienen derecho a no ser separados en centros ni en grupos de clase distintos por razón de su lengua habitual"
En resumen. Hay dos lenguas oficiales y la administración debe velar para que ambas estén presentes en la prestación de servicios públicos. ¿Y en el ámbito privado?. Que cada cual hable como quiera. Y cuantos idiomas, pues mucho mejor.

4. ¿Poligamia a la catalana?

Es sabido que la Fundación FAES atribuyó al Estatuto, entre otras muchas catástrofes, la capacidad de instaurar la poligamia. Se basaba en un artículo tan inocuo como éste: "Los poderes públicos deben promover la igualdad de las distintas uniones estables de pareja con independencia de la orientación sexual de sus miembros. La ley debe regular dichas uniones y otras formas de convivencia y sus efectos" (art. 40.7). No sé a ustedes, pero a mi el término pareja me suena a dos. Es evidente que el espíritu de esta disposición es aceptar las nuevas formas de familia (monoparentales, formadas por personas homosexuales...) y favorecer la igualdad de derechos de cualquier modelo familiar.

Los amigos de CiU (ésos que decían que no tenía que tocar ni una coma del acuerdo catalán) han batallado para incorporar una coletilla, con el fin de marcar la frontera entre modelos familiares:
"la igualdad de las distintas uniones estables de pareja teniendo en cuenta sus características con independencia de la orientación sexual de sus miembros".

5. ¿Permite el Estatuto la prostitución?

Éste es un debate de plena actualidad. En estos momentos, existen dos discursos contrapuestos: Quienes opinan que la prostitución existe y existirá, de manera que es mejor su legalización; y quienes consideran que la legalización tolera una práctica deningrante para la persona. El viejo debate entre el pragmatismo y los principios esenciales.

El Estatuto recoge bastante bien algunos planteamientos feministas, que intentan (sin mucho éxito hasta la fecha) equiparar las condiciones de hombres y mujeres. Por eso, hay diversos artículos que enfatizan la necesidad de acabar con la discriminación por motivos de género. En esta línea, el artículo 41.5 dice textualmente: "Los poderes públicos deben velar para que la libre decisión de la mujer sea determinante en todos los casos que puedan afectar su dignidad, integridad y bienestar físico y mental, en particular en lo que concierne al propio cuerpo y a su salud reproductiva y sexual". Que las mujeres puedan "disponer" libremente de su propio cuerpo puede ser interpretado como una puerta a la prostitución tolerada. Por ello, nuevamente CiU, tras pasar por el confesionario, ha pactado la incorporación del siempre socorrido "en los supuestos previstos en la ley".

6. ¿Remite el Estatuto a los fueros históricos?

De momento, el título primero sólo hace referencia a la memoria histórica. No se trata de apelar a derechos en base a la historia, sino al simple ejercicio de fomentar la memoria del pasado y reconocer su valor colectivo. Suscribo plenamente el contenido del artículo 54:

  • "La Generalidad y los demás poderes públicos deben velar por el conocimiento y el mantenimiento de la memoria histórica de Cataluña como patrimonio colectivo que atestigua la resistencia y la lucha por las libertades democráticas y los derechos nacionales y sociales".
  • "La Generalidad debe velar para que la memoria histórica se convierta en símbolo permanente de tolerancia, de dignidad de los valores democráticos, de rechazo de los totalitarismos y de reconocimiento de todas las personas que han sufrido persecución debido a sus opciones personales, ideológicas o de conciencia"
7. ¿Realmente es un avance?

Por supuesto, eso depende de la concepción personal de "avance" y de sus principios éticos. Pero creo que el título primero es una excelente oportunidad para re-construir los principios de convivencia, para fijar unas reglas del juego modélicas.

El texto reconoce los derechos de los menores, de las mujeres, de las personas mayores o de los discapacitados. Propone la igualdad en el acceso a la cultura, el derecho al paisaje (que ha sido objeto de toda clase de mofas por parte del liberalismo), los deberes con el patrimonio natural o cultural, el fomento de la participación ciudadana, el derecho a una buena administración o el fomento de la paz. Ya sé que en un clima de crítica al buenismo (deberíamos decir, en un clima de malismo), las críticas son constantes.

En mi opinión, tan sólo por este título ya vale la pena el Estatuto. Supongo (y espero) que el resto de documentos estatutarios escojan una senda similar. Espero vuestras preguntas o comentarios. Me voy a escuchar alguna declaración del PP para cargar pilas.

Comentaris

Eu ha dit…
José Antonio, felicitats pel post! Desmontes, punt per punt, totes les mentides que el PP està dient sobre l'Estatut. És impressionant el què es poden arribar a inventar, fins al punt de fer el ridícul com en el tema de la poligàmia... En fi, con estos bueyes aramos!
Anònim ha dit…
Como ejemplo de injerencia en ámbitos que deberían ser del Estado y que entiendo le son ajenos al Parlamento Catalán, tomemos el artículo 33 que se refiere a los derechos lingüísticos. Vaya por delante que me parece bien que un catalanoparlante se pueda dirigir en catalán a las instituciones. Pero:

- El punto 3 limita los derechos de los españoles que no hayan aprendido catalán, que no pueden presentarse a oposiciones en Cataluña (ojo, sí defiendo que un catalanoparlante pueda hacer esa oposición en catalán). Usted dirá "que aprendan catalán". Un aspirante a notario no debería tener que aprender catalán, valenciano, euskera y gallego para poder optar a una plaza en cualquier parte de España. La Constitución dice que no cabe discriminación por razón de lengua y aquí se produce claramente. Yo creo que para este tipo de puestos se debería dar un periodo para el aprendizaje una vez conseguida la plaza con incentivos a los funcionarios que lo aprendan ya que evitan un gasto adicional en traductores. Pero no me gusta la imposición previa. Además estamos hablando de plazas del Estado, no de competencia de la Comunidad Autónoma.

- El punto 4 obliga a la Administración del Estado a garantizar que los funcionarios tengan conocimiento de catalán. Creo que este derecho debería ser habilitado en una ley tramitada en el Congreso a nivel nacional, y no una imposición desde un Estatuto de una Comunidad Autónoma particular.

- Idem del punto 5.

Posteriormente no veo el mismo nivel de exigencias respecto al aranés.

En cuanto a la educación se dice en el articulado "La enseñanza del catalán y del castellano debe tener una presencia adecuada en los planes de estudio", pero también "El catalán debe utilizarse normalmente como lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza universitaria y en la no universitaria.". ¿Qué significa esto? ¿Que sólo se dará castellano en las horas de gimnasia? Creo que no debería haber una lengua vehicular impuesta, sino que debería ser el padre el que eligiera la misma.

Tampoco me he parado a leer el texto entero, pero creo que para empezar el debate está bien.
Citoyen ha dit…
YO es que tengo otro punto de vista....

La constitución puede haber envejecido pero hoy por hoy, es la que tenemos, es la constitución de todos los ciudadanos y hay qeu cambiarla entre todos. La sociedad puede haber madurado, pero desde luego no lo suficiente para cambiar la constitución. Cuestiones como el concepto de familia, la muerte digna que usted llama y otras son las menos asentadas que hay, y las mas discutidas y en las que menos consenso hay. A usted y a mi nos podrán parecer bien, no ocurre lo mismo con una parte muy extensa de la población. En cuanto a lo de la lengua, en principio, no hay ninguna innovación o al menos eso decía usted citando la constitución del 78 hace no mucho. Si merecen ser puestas en un estatuto de autonomía, eso me parece mas discutible, es una opción, debido a la especificidad de cataluña, pero lo apropiado habría sido redactar una ley al respecto o hacerlo por el procedimiento de ley marco desde el parlamento nacional.

Y no, no es dificil imaginar la ausencia de esta cuestión. La función de un estatuto de autonomía es regular el reparto competencial entre el Estado central y la comunidad autónoma y el funcionamiento de las estructuras de la misma. Argumentar qeu debe tener un conjunto de derechos y deberes propio puede tener muchos significados. Primero, uno podría pensar que los derechos y deberes propios de los catalanes son distintos de los del resto de los españoles, imagino que no se trata de eso ¿verdad? Si es así, será inconstitucional. En segundo lugar, uno puede tener la impresión de que lo se está intentando es suplantar a la constitución mediante un subterfugio legal (eso es lo que, de facto, piensa una gran parte de españoles y catalanes). Un estatuto no es una carta magna, es solamente un estatuto de autonomía. El instituto cervantes no tiene declaración de derechos y deberes, sí la tienen por ejemplo, las universidades en lo relacionado con la especificidad de su tarea (reclamaciones de examenes y demás) ¿cuál es la especificidad de la tarea, respecto de la constitución y del Estado qeu tiene la generalitat de cataluña? A lo sumo, el idioma y un par de cosas mas, no el derecho a la vida, ni a la educación...

Lo de la eutanasia es como dice usted muy controvertido. Pienso que es meterse en camisas de once varas porque, como pienso, no debe es un tema a tratar por un estatuto de autonomía, ni siquiera a mencionar. Si un catalán tiene derecho a morir con dignidad ?¿cabría pensar que un español no lo tiene? si ambos lo tienen ¿porqué es necesario ponerlo?

Lo del catalán no lo comentaré, ya expliqué en otros post lo qeu pienso al respecto.

Sobre la prostitución hay mcuhas cosas que decir. El proyecto de regulación de la prostitución (el de interior) es una acrobacia jurídica sin pies ni cabeza. La prostitución es a todas las vistas un contrato laboral y no un contrato civil. En cuanto a lo referido a disponer de su propio cuerpo. ¿los hombres no tienen derecho al mismo? ¿por qué las mujeres sí y los hombres no? ¿serán las mujeres catalanas o todas las mujeres? ¿y los hombresno catalanes? No, la legislación penal es una competencia estatal (el aborto es legislación penal), no algo que deba aparecer en un estatuto de autonomía.

Por otro lado ¿qué es la memoria histórica? La memoria histórica empieza en los íberos continúa por roma, sigue en la edad media, los reyes católicos, felipe V,... Todo eso es memoria histórica. Si la memoria histórica significa desenterrar el hacha del 36 diciendo "nosotros teníamos razón y ellos no", entonces es algo qeu debiéramos abordar entre todos los que estuvieron metidos en aquélla guerra y no sólo los catalanes. Sé que en cataluña la gente piensa que allí eran todos antifranquistas y que en el resto de españa todos fascistas. No es así, ni por un lado ni por otro, y si vamos a darnos de hostias, será necesario qeu participemos todos. O follamos todos o la puta al río. Por otra parte ¿que son los derechos nacionales? ¿que es una nación? ¿es la Loyola de palacio un tío?

¿Es realmente un avance? Bueno, si tiene un valor puramente simbólico no es un avance, es un símbolo, si tiene un valor, algo más que simbólico, entonces es una infracción legal salvo en lo referido a las especificidades como lo lingüistico y tal. Yo por mi parte pienso que el estatuto no valía la pena ni con este ni con ningún otro título pero ya sabe que eso es una opinión de alguien qeu no cree en la autonomía como medida progresista. Lo que usted indica como avances cito textualmente:

igualdad en el acceso a la cultura, el derecho al paisaje (que ha sido objeto de toda clase de mofas por parte del liberalismo), los deberes con el patrimonio natural o cultural, el fomento de la participación ciudadana, el derecho a una buena administración o el fomento de la paz.

Es algo que, o ya reconoce la constitución, o se trata solamente de declaraciones formales y simbólicas (como lo del paisja por ejemplo) sin efecto legal alguno. Esto me recuerda lo que estoy estudiando sobre el orden público, donde el consejo de Estado francés prohibió una actividad qeu consistía en el lanzamiento de enanos ( enanos vivos de verdad, con su consentimiento ) por ser contrario a la moral público. Los poderes públicos no hacen poesía, ni evocan principios, ni moralizan a los individuos, se encargan de garantizar el libre ejercicio de los derechos por estos. Si el objetivo es construir una declración de derechos alternativa, es algo inconstitucional (los derechos fundamentales es algo que está reservadoa ley orgánica y de competencia específicamente estatal) si por el contrario solo es poesía, es una estupidez y no un avance.
Anònim ha dit…
Les veritats ofenen:
L'IEC demana a Maragall i al PSC que esmenin "idioma valencià". El president de l’Institut d’Estudis Catalans (IEC), Salvador Giner, ha enviat una carta al president de la Generalitat de Catalunya, Pasqual Maragall, on expressa “sorpresa i preocupació” davant la inclusió de l’expressió “idioma valencià” en la proposta de reforma de l’Estatut valencià, aprovat el passat dia 9 de febrer. En la carta al president Maragall, Salvador Giner demana la seva intervenció per tal “d’esmenar aquest greuge per a la nostra llengua” durant la pròxima tramitació parlamentària, primer al Senat i, si cal, quan finalment retorni al Congrés. “La fórmula «idioma valencià» afavoreix inequívocament una interpretació secessionista de la nostra llengua”, afegeix. L’IEC, reconegut com l’acadèmia de la llengua, “ha mantingut i manté el principi de la unitat de la nostra llengua sostingut també per abundants sentències del TSJ valencià”, recorda Giner.
Donaire ha dit…
Anònim

Perdona una pregunta. Per què l'estatut català anomena aranès a l'occità?. Una cosa és el nom i una altra és la realitat. La proposta diu "l'idioma que a València s'anomena valencià" i no "idioma valencià" de la mateixa manera que el nostre Estatut diu "idioma que a la Vall d'Aran s'anomena aranès".
Ni jo ni cap persona del PSC o del PSOE considerem que el valencià és una llengua diferent del català.
Tanmateix, si volem establir un pont entre Catalunya i el País Valencià, de veritat, crec que hauríem de començar a ser més curosos. De vegades, els nostres discursos són molt mal interpretats en aquest territori. La regla és simple: respecte.
Donaire ha dit…
Pululante

Veamos. El Estatuto defiende un principio que parece lógico: Que uan persona que se dirija a la administración pública en Cataluña pueda hablar en el idioma que quiera. Me gustaría saber tu opinión: ¿Eso está bien o mal?.

Supongamos que está bien. Entonces, ¿cómo lo hacemos?. Pues parece lógico que una persona que en Cataluña tiene contacto con administrados, aprenda el catalán. Porque hasta la fecha no es así. Mi propuesta es simple. Una persona de Valladolid puede opositar en castellano y luego tiene un tiempo para aprender el idioma.

A mi, la cuestión de la igualdad me plantea dudas. Por ejemplo. Cuando la Unión Europea permite la liber circulación de los trabajadores por el suelo europeo, ¿permite que un sueco hable en sueco en una estafeta de Correos de Dos Hermanas?. Otro ejemplo. Yo soy profesor universitario titular. Cobro lo mismo que un profesor de Dos Hermanas. Pero tanto el IPC como el precio de la vida es muy superior. ¿Eso no se subsana?. Y (perdona por la demagogia) ¿no atenta contra la igualdad de acceso que una persona acostumbrada a la vida tranquila de la dehesa extremeña acceda a unas oposiciones en Móstoles o Badalona?.
Donaire ha dit…
Pululante

Pasemos ahora al caso de la escuela. El problema de la escuela es que no hay un trato personal, sino colectivo. No se puede hablar de forma bilingüe a 25 niños.

Aquí hay un punto de partida capital. La propuesta es la siguiente: NO HAY ESCUELAS PARA CASTELLANOHABLANTES Y ESCUELAS PARA CATALANOHABLANTES. Vaya, que no hay ikastolas. Es un gran acierto de convivencia e integración.

Es verdad que el Estatuto dice que la lengua vehicular es el catalán. Bueno. Es una delcaración de intenciones. En realidad, el castellano es muy frecuente en las aulas y lo será. No se habla castellano sólo en gimnasia. De hecho, estamos cansados de repetir que nuestros estudiantes obtienen los mismos resultados académicos en castellano que los del resto de España.

Y una pregunta. ¿Por qué no te planteas el problema al revés?. Por ejemplo. Imagínate que una persona no habla castellano. ¿Por qué le tenemos que obligar a hablar en castellano con los administrados?. Y esta persona ¿puede exigir que la educación de su hijo sea sólo en catalán?.

De hecho, lo que estás proponiendo es que el castellano tenga una situación de privilegio sobre el catalán. El Estatuto propone un modelo bilingüe de convivencia, que es el que tan bien ha funcionado hasta la fecha.
Donaire ha dit…
Citoyen

Tu concepto jacobino del mundo es una opción, pero hay otras.

Por supuesto que diferentes comunidades autónomas tienen diferentes derechos y deberes. Por supuesto. Podría dar millones de ejemplos. Pero lo dejaremos en uno solo: Si Andalucía tiene un sistema sanitario mucho más desarrollado que el gallego (pongamos por caso), es evidente que un andaluz tiene un privilegio en el ámbito de la salud.

Con el nivel de competencias de las comunidades, pensar que no hay ninguna diferencia en el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos es absurdo. Por ejemplo, la dotación en informática de las escuelas andaluzas es ejemplar. Me quito el sombrero. ¿Y eso no es un factor positivo en favor de los niños extremeños?. Si todas las comunidades tienen que seguir exactamente los mismos parámetros, ¿para qué sirven?.

Si aceptamos que el nivel de competencias de las comunidades es elevado y la capacidad normativa de los parlamentos autonómicos también, ¿por qué no puede decidir esa comunidad unos criterios colectivos de convivencia?. ¿Qué tiene de malo?. Siempre y cuando (como en el caso catalán) no se niege ningún derecho / deber constitucional, añadir derechos es una opción legítima. Sinceramente, no entiendo el problema.

Sobre prostitución, aborto, y demás, debo decir que el redactado del Estatuto no sugiere ningún cambio sensible. Ya veo que no te has leído el post. ;-P

Y sobre el idioma, francamente, no hay acuerdo posible entre nosotros. Sólo una cuestión: el Estatuto mantiene un modelo que el 99% de los catalanes aceptan y celebran. Si las cosas funcionan, ¿por qué las tenemos que cambiar?.
Donaire ha dit…
eu

Gràcies. Amenaço a uns quants blogs més. A veure si anem desfent tòpics (o potser creant més dubtes, ver a saber).
ZAGASO ha dit…
Avui, llegint el teu post, m'ha vingut una imatge a la ment: en Zapatero.

Sé que molts amics, i més coneguts,fliparan en llegir això. Però és la veritat. En Maragall, mai m'ha agradat. En Guerra, Gonzàlez, Bono i cia, tampoc....

Però en Zapatero, no sé ben bé per què, m'està captivant. És valent. Neda a contramar i , perdoneu, me'l crec. Sé que he escrit en contra i a favor. Sé que de vegedes em disgusta, però TANT DE BO hi haguessin més Zapateros a la política espanyola. Me'l podeu comparar amb en Rajoy?

I no sóc socialista. No sóc pelotari. I dic i penso el què em dóna la gana!!! Només sóc fidel als amics, al País (crec) i al Barça...
Anònim ha dit…
Jo no sóc prou cregut per tenir la valentia de ficar-me amb l'IEC i no sortir-ne escaldat.
Citoyen ha dit…
Pero una cosa es establecer asimetría en la forma de garantizar los derechos y en la administración y otra forma es, directamente, decir que tienen derechos distintos. En España todos tienen derecho a una serie de cosas, y esos derechos son garantizados por los poderes públicos de forma asimétrica, pero es así. Sin embargo, de ahí a redactar una tipología y un conjunto nuevos de derechos hay mucho trecho, no sé si me explico. Es casi definir una nueva categoría de ciudadano. Actualmente el objetivo de los poderes públicos es garantizar una determinada lista de derechos, si la lista es distinta para los poderes públicos de cataluña que para los del Estado central, estaremos concibiendo la hipótesis de que, hasta el límite, actúen en sentidos opuestos.

Me he leído el post, lo de la eutanasia lo comentaba de forma general, porque intuyo que usted no aprueba el cambio en cuestión, y lo de los prostitución lo comentaba sobre todo referido al proyecto de ley de la señora Turá.

Y por supuesto, esto es sólo una opinión, como ya dije en cierta ocasión, no dedico mi tiempo libre a pegar a gente como usted... Aunque pueda parecerlo.
Anònim ha dit…
Lamento haber dado la impresión de querer la primacía del castellano sobre el catalán. Justo lo primero que dije en mi anterior comentario fue "Vaya por delante que me parece bien que un catalanoparlante se pueda dirigir en catalán a las instituciones."

Mi propuesta es simple. Una persona de Valladolid puede opositar en castellano y luego tiene un tiempo para aprender el idioma.
Me alegra comprobar que su idea respecto al tema de movilidad territorial en cuanto a oposiciones sea igual que la que había expuesto yo.

En cuanto a sueldos, parece lógico que los trabajadores de Madrid, Barcelona y alguna otra gran ciudad cobren algo más que uno de Dos Hermanas, pero no sé qué tiene que ver esto con el Estatuto y por supuesto un Estatuto no es la forma de solucionar esto.

Yo no defendí una escuela monolingue, ni sólo castellano ni sólo catalán. Para mí lo ideal sería 50/50, y no por amor a ninguna lengua sino porque me parece lo más provechoso para el estudiante. Y si a pesar de todo ha de haber una lengua que ocupe la mayor parte del tiempo lectivo, creo que deben ser los padres los que la elijan y no que venga impuesta estatutariamente.

Y quisiera añadir mi agradecimiento por esta oportunidad de intercambiar opiniones. Un saludos.
Jonatan García ha dit…
Hola, gracias por haber visitado nuestro humilde blog, espero que sigas haciéndolo y que compartas (en mayor o menor medida) nuestra opinión.
Nosotros visitaremos el tuyo haber que comentas y si alguna cosa nos sirve e inspiración.
1saludo
Donaire ha dit…
Anònim + La rosa

No es tracta de ser cregut o no. La qüestió és la següent. Totes les persones del PSC consideren que català i valencià són la mateixa cosa. No es tracta d'opinió: es un fet científic.

El problema és un altre. S'anomena sensibilitat. Per mi, ho dic francament, podríem anomenar valencià al català i punt. La proposta que s'ha pactat diu: "l'idioma que a València s'anomena valencià". No diu l'idioma valencià.

Aquesta és una proposta que permet (a) no negar la unitat de la llengua; (b) no ferir la sensibilitat dels valencians. Pot ser a tu no et preocupa, però si visites el País Valencià, veuràs que estan molt empipats. Tens raó que una part de la culpa és seva. Però nosaltres també hi juguem. Estàs segur que calia treure una pancarta dels PPCC en un partit del Barça?.

La proposta dels PPCC de moment no és viable. Els molesta i ho consideren un acte d'imperalisme. Per què no ho podem respectar això?. Per què els obliguem?. Quan més llenya posem al foc, més distància crearem.

I ho vull deixar ben clar. JO NO CREC EN ABSOLUT QUE EL VALENCIÀ I EL CATALÀ SIGUIN DUES LLENGÜES. EN ABSOLUT
Donaire ha dit…
Anònim + La rosa

No es tracta de ser cregut o no. La qüestió és la següent. Totes les persones del PSC consideren que català i valencià són la mateixa cosa. No es tracta d'opinió: es un fet científic.

El problema és un altre. S'anomena sensibilitat. Per mi, ho dic francament, podríem anomenar valencià al català i punt. La proposta que s'ha pactat diu: "l'idioma que a València s'anomena valencià". No diu l'idioma valencià.

Aquesta és una proposta que permet (a) no negar la unitat de la llengua; (b) no ferir la sensibilitat dels valencians. Pot ser a tu no et preocupa, però si visites el País Valencià, veuràs que estan molt empipats. Tens raó que una part de la culpa és seva. Però nosaltres també hi juguem. Estàs segur que calia treure una pancarta dels PPCC en un partit del Barça?.

La proposta dels PPCC de moment no és viable. Els molesta i ho consideren un acte d'imperalisme. Per què no ho podem respectar això?. Per què els obliguem?. Quan més llenya posem al foc, més distància crearem.

I ho vull deixar ben clar. JO NO CREC EN ABSOLUT QUE EL VALENCIÀ I EL CATALÀ SIGUIN DUES LLENGÜES. EN ABSOLUT
Donaire ha dit…
La rosa

La constitució dibuixa uns drets. L'estatut en proposa més. No hi ha cap article que entri en contradicció amb la constitució, de manera que no és anti-constitucional.

Imagina't una constitució que digui "Tothom té dret a trepitjar la gespa". Si l'estatut diu "tothom té dret a trepitjar la gespa i la sorra de la platja" no és anticonstitucional. Amplia els drets, però no nega que els que ja estan pactats. Si digués "no es pot trepitjar la gespa dels parcs", llavors sí seria anticonstitucional.

No és un brindis al sol. Aquest capítol és el més important. Regula el pacte social dels catalans: en què estem d'acord. Les lleis que es facin a partir d'ara hauran de basar-se en els principis del capítol primer.

Per què no es fa via llei?. Una llei es canvia, es modifica, es reforma o se supera. Un estatut és un pacte més estable. Fixa unes normes per una generació.

A més, si t'ho llegeixes, veuràs que hi ha uns sistemes de regulació de garanties molt estricte i molt novedós. Tant (i ara seré indiscret) que algun país europeu s'ho vol copiar per la seva carta magna i s'ha posat en contacte amb el Parlament.

Aquesta és la paradoxa. Mentre la resta de CCAA i estats europeus reconeixen el valor i el sentit del títol primer (segurament un dels més avançats del món) aquí som incapaços de reconèixer el valor de les coses. Ens cal una mica més d'AUTOESTIMA
Donaire ha dit…
citoyen

Si admites que hay un acceso asimétrico a los derechos, hemos ganado mucho. Admites que los gobiernos autonómicos priorizan unas cosas y niegan otras. Eso es la política. Decidir qué es importante y qué no.

Si admitimos ese punto, podemos admitir también que una comunidad acabe pactando unos derechos que no variarán de acuerdo con el color político del gobierno. No se trata de derechos contradictorios con la Constitución, pr supuesto.

Tampoco se trata de fijar ciudadanos de primera y de segunda. No hay ninguna cláusula del Estatuto que diga "este derecho no puede ser contemplado en otra comunidad". Si alguien quiere lo mismo, nada más fácil: que cambie su estatuto y lo incorpore.

Y critícame, por favor. Me gusta que personas inteligentes me hagan dudar. ;-)
Donaire ha dit…
Gràcies Ignasi

Una salutació. Jo tb crec que ZP és de fiar. Una intuició, si vols.
ElSalvament ha dit…
Un administrador del blog ha eliminat aquest comentari.
Donaire ha dit…
JONA. LAIA Y PALOMA

Bienvenidas a mi blog. Será un placer mantener el contacto. Suerte en vuestra aventura. Ya hay gente de L'H que mantiene el listón muy alto, como mi buen amigo Christian y su inigualable A calzón quitado.
Anònim ha dit…
El Titol I estableix les pautes a seguir, la guia per a futures accions/reaccions davant de conflictes, i lo que és més important per a la futura normativa catalana. És evident que aquest regulació no ataca la Constitució, és més que evident. LA Constitució va marcar (i continua marcant) les "bases essencials" de la normativa estatal i autonòmica. Especialment (per mi), la CE recull drets i deures fonamentals dels ciutadans que han estat interpretats pel TRibunal Constitucional i pel Tribunal Suprem en innumerables ocasions i de forma diferent en totes elles(respectant evidentment la seva essència)en atenció a l'evolució de la societat, de la cultura, de la tecnologia,... És veritat, i no ha de fer cap por dir-ho, que la constitució (o la manera d'entrendre la mateixa en la seva creació)ha variat amb el pas dels anys. Amb el respecte que mereix la mateixa és evident que cada comunitat autònoma, en el camp de les competències que li han estat atrubuïdes, por marcar les seves regles del joc i interpretar aquests drets i deures (torno a repetir, respectant l'essència dels matiexos) d'una manera o d'una altra. En el cas que ens ocupa, crec que d'una manera més que adequada, doncs els desenvolupa recollint de forma expressa "amplis matissos" que fins ara no s'havien plasmat amb un paper, segurament perquè la inquietut que es vivia al carrer no era lo suficientment forta o potser els poders públics no paraven prou l'orella.

M'agradaria treure a col.lació alguns temes concrets que s'han tractat:

. Per lo que es refereix a la llengua als organismes públics, és evident que si un ciutadà té el dret a utilitzar el català, és evident que el funcionari públic al qual es dirigeixi l'haurà d'entendre (sigui NOtari, Jutge, Fiscal, Agent JUdicial o funcionari de correus). Cal així promoure les eines necessàries perquè qualsevol funcionari que opti per una plaça a Catalunya pugui conèixer el català (perquè la seva feina comprèn l'enteniment amb el ciutadà) a través de serveis de traducció, cursos, etc.

. Per lo que es refereix a la polèmica plantejada vers "el dret a la mort", és evident que el que recull l'estatut és el dret del malalt d'escollir com viure un procès terminal (per alguns entra directament en el terreny de l'eutanàsia; per mi és una opció propera però és ben diferent: no s'està dient que el metge, a petició del malalt, provoqui la seva mort o deixi de donar-li l'assistència necessària per a escurçar el seu temps de vida (no entra de ple a la polèmica no resolta ...). Es tracta d'oferir novament als ciutadans uns drets davant la sanitat pública amb la finalitat d'escollir "una mort digna".

. Poligàmia? Quina barbaritat¡¡¡ Precisament Catalunta que va ser pionera en la regulació d'unions de fet i parelles estables, ara estarem en desacord en què si concedeixin a aquestes "unions contituïdes" els drets i efectes que poden sol.licitar davant els poders públics altres "famílies tradicionals" (que consti que no m'agrada l'expressió)? Seria ridícul. La resposta: extreta de l'aplicaió d'un sil-logisme hipotètic.

. Per lo que es refereix a l'avortament no perdem de vista que el Codi Penal el despenalitza en 3 supòsits. En conseqûència, dotem als poders públics, a la societat, a la sanitat, a la parella, dels instruments necessaris per tractar-lo directament sense tabús ni "clandestinitats".

. Per lo que es refereix al dret al paisatge (i no entenc les burles) crec que ja era hora que es respectés el medi ambient en tots els seus aspectes. És evident que el "coladero" existent actualment a la normativa urbanística ha de tenir un "the end" pròxim. Ni buits legals ni maneres d'interpretar la norma: partim d'un respecte bàsic al medi ambient (AL PAISATGE)"frontera infranqueable" ( és que amb aquest tema m'altero, no puc entendre com actualment i amb els projectes suposadament blindats que existeixen,poden haver-hi al final tants forats a terra,...)

En definitiva, crec que el Titol I es converteix en un marc que caldrà respectar-se en futures regulacions, en futures actuacions en molts àmbits. I si algú entèn que tot això ja hi és perquè es sobrentèn, perquè no podem dir-ho de forma expressa que no es doni lloc a possibles interpretacions? A més, "lo que abunda no daña". Per mi s'inicia un camí de trossets de Pa perquè en Pulgarcito no es despisti i sempre, SEMPRE, segueixi el bon camí.

Potser sóc una mica somniadora, potser espero massa dels polítics, pot ésser...
Citoyen ha dit…
citoyen

Si admites que hay un acceso asimétrico a los derechos, hemos ganado mucho. Admites que los gobiernos autonómicos priorizan unas cosas y niegan otras. Eso es la política. Decidir qué es importante y qué no.

Admito que en el sistema neofeudal del estado de las autonomías y los fueros es así, no he dicho que me parezca bien e?

No, se trata de derechos distintos. El mandato constitucional de garantía de los derechos fundamentales se refiere a una lista cerrada de derechos fundamentales y no a otros... ¿como podrían pactarse unos objetivos diferentes de los de la constitución? Si se tratara de un desarrollo de los mismos, todavía sería comprensible, algo así como una serie de principios rectores, una declaración de intenciones u objetivos, pero una ¡declaración de derechos y deberes!? Los derechos y deberes son los que enumera la constitución y desarrollan las consiguientes leyes orgánicas.

Decir que para incorporar esos derechos depende de cambiar la legalidad sería como decir que en un régimen en el que la constitución estableciera la calidad de cosa para las mujeres decir "bueno que cambien la constitución y ya está", no, las cosas se miden por la legalidad vigente y esta legalidad vigente incorpora un elenco de derechos y deberes al bloque de constitucionalidad qeu no serán iguales en cada comunidad, iguales para todos los españoles...

En fin, no vine para criticarle sino para informarle de que le he nominado para un nuevo striptease intelectual:

http://auxarmescitoyens.blogspot.com/2006/02/conspiraciones.html

Buena suerte:p
Anònim ha dit…
Què et sembla l'entrevista d'en Tremosa avui a el mundo?
R. Senserrich ha dit…
Citoyen, el problema es que el Constitucional ya ha dicho que atenerse a una igualdad estricta es absurdo, ya que contradice el principio de autonomía. Si nadie puede tener más servicios que otros, todas las autonomías están obligadas a tener lo que la más tacaña de todas defienda. Si un grupo de locos quiere un estado mínimo, ¿todos debemos seguirles?

Es una postura idiota. Hay una base mínima acordada, la constitución. Si alguien quiere más, que lo vote y se lo pague.
Anònim ha dit…
Xato, quin sarau que teniu montat:
http://www.vilaweb.cat/www/noticia?p_idcmp=1747050
Donaire ha dit…
Escolta xato

Ja t'he dit moltes vegades que si vols fer publicitat gratuïta d'un mitjà de comunicació (Avui, Punt...) no utilitzis aquest blog. Els lectors i jo mateix ja llegim la premsa. No necessitem posts addicionals.

Gràcies
Donaire ha dit…
Alice. No crec que el català tingui prioritat sobre el castellà. Amb els articles que he reproduït de l'Estatut, quin problema hi veus?. Què faries tu?. Què afegiries o eliminaries?.
Anònim ha dit…
cap problema:
http://www.vilaweb.cat/www/noticia?p_idcmp=1748229
Donaire ha dit…
És una pena que no puguis respectar unes mínimes normes. No m'agrada esborrar comentaris, però crec que quan entres en algun lloc, és bo comportar-se d'acord amb les regles del jo d'aquell llolc. Espero que almenys no siguis qui sospito que ets (segons el teu IP)
Anònim ha dit…
Digues digues qui sospites que sóc, si l'encertes deu punts.
Donaire ha dit…
Si em dones un correu (per correu, si vols) te'l dic. En públic, millor no.
Anònim ha dit…
juanmiguel1977@mixmail.com, però no sé quin és el motiu de tan secretisme.
Coase ha dit…
Los derechos individuales son pocos y siempre han sido los mismos: propiedad, libertad de expresión, la vida,... AL final todos se resumen en un uno: libertad. Cuando el Estado dice querer ampliar nuestros derechos lo que realmente hace es limitar nuestro único derecho: el de vivir en libertad. Todos esos mal-llamados derechos suponen obligaciones para los ciudadanos y poder para los políticos. Unas obligaciones que limitan nuestra libertad. Una paradoja ya que cuando se luchó contra las monarquías absolutistas y las dictaduras era para lograr un Estado que defendiera la libertad de las personas. Pero ahora nos encontramos con una nueva generación de tiranos que usurpan el Estado para hacer lo mismo que aquellos monarcas absolutos pero queriendo vendérnoslo como 'derechos'.

Un saludo, Coase
Donaire ha dit…
Coase

Con todos los respetos, ese discurso hace aguas. Está muy caduco. Al final, como la libertd individual tiene conflictos constantes apeláis al mercado como garante de la libertad. Un mercado que ha demostrado tener bastantes vías de agua, que tenéis que resolver con piruetas malabares.

Por ejemplo. El Estatuto habla del derecho a una muerte digna. ¿Los liberales consideráis que no dejar que una persona decida los límites de su vida es una muestra de libertad?. ¿O la libertad es dejar que cada cual haga con su vida lo que quiera?.

Cuando el Estatuto habla de los derechos de las familias (que no familia) y la libertad de cada pareja de unirse sin tener en cuenta su orientación, ¿los liberales defendéis un Estado que no permita determinadas relaciones o un Estado que admita la pluralidad de orientaciones sexuales?.

Me cuesta entender el rechazo de los liberales al capítulo primero.

Gracias x la visita
Coase ha dit…
Lo que consideramos es que:

1) El Estado-estatuto no tiene que inmiscuirse en cómo quiere morir una persona.

2) El Estado-estatuto no tiene que inmiscuirse en las relaciones afectivas entre personas. No tiene que regular el matrimonio de una forma distinta a una comunidad de bienes. ¿Por qué solo dos, tres o cuatro personas? ¿Qué pintan los políticos diciendo cómo debe ser una familia? Cuando se reconoce el derecho de familia lo que se hace es negar los derechos de todos aquellos que no se quieren organizar de la forma en que marcan esa familia. ¿Cuántos grupos de hermanos o amigos se ven perjudicados? ¿Por qué los políticos tienen que forzar a la sociedad en organizarse de una determinada forma? Y eso no lo defiendo ahora, sino desde hace tiempo: http://sirajoyfueraliberal.blogcindario.com/2005/04/00085-una-alternativa-liberal-al-matrimonio-homosexual.html

Si el mercado tiene vías de agua, la intromisión del Estado en la vida de los ciudadanos lleva décadas hundido en las profundidades del Mar Negro.

Un saludo,Coase
Citoyen ha dit…
Egocrata, lo qeu aquí se consagra no es la asimetría jurídica, sino la diferencia en materia de objetivos. Una nación, incluso en un Estado federal, se define por su declaración de derechos, no es un mínimo, es un todo. La función del Estado es garantizar una lista de derechos fundamentales que, con motivo de su creación (el momento constituyente) le fueron enconmendados proteger. Si de repente inscribimos uan variación en la lista, estamos adoptando un objetivo distinto, luego estamos en un proceso de secesión.

Si los catalanes lo desean, pueden poner un grupo de objetivos que desarrollen la lista de derechos fundamentales. Eso está bien. Lo que no tiene sentido es: a) que se consagre una declaración de deberes distinta, sería como crear otro Estado. b) Que se atribuyan el poder de interpretar cuál es el contenido de cada derecho. (por ejemplo, en lo de la muerte digna). Una autonomía es manifiestamente incompetente para hablar sobre derechos fundamentales, ellos tienen un mandato fijo que es el de la constitución.
Donaire ha dit…
Citoyen

Discrepo, discrepo, discrepo. La concepción de derechos que tienes es tan restrictiva, que más parece una condena que un principio colectivo.

He visitado, estudiado y vivido en diversos países federales. En todos ellos, los estados tienen singularidades que el país respeta. Por ejemplo, en Canadá, los territorios del Nor-oeste contemplan algunos principios innuit y en Quebec hay una serie de comentarios sobre el francés y la cultura francesa (ésa que tanto te gusta, y a mi tb).

Los principios constitucionales deben ser acatados por todos. Sin duda. Pero que cada región opte por unos principios específicos es razonable, inocuo para la "unidad" y, en algunos casos, absolutamente razonable.

Si en Cataluña queremos proponer de forma colectiva un derecho que no contempla la constitución y que no entra en conflicto con la constitución, ¿qué problema ves?.

Citoyen. El modelo decimonónico de estado - nación es muy arcaico, en algunos casos es anacrónico. Algunas cuestiones se escapan "por arriba" (las más importantes) y otras muchas, "por abajo". Hemos crado el modelo autonómico y a mi me gustaría que entrásemos sin miedo en el modelo federal. En todo caso, con el primero, no se puede mantener la ficción de un país que regula todos los principios de acción generales y luego unas CCAA que gestionan las competencias con recursos, gobiernos y opciones políticas diferentes. El modelo se romperá si admitimos una estructura rígida que no tiene en cuenta que, de facto, la gestión de muchas competencias clave no es del estado.

Con todos los respetos, lo que haría insostenible la situación (es decir, lo que rompería España) no es la adaptación a la diversidad y la creación de diversos escenarios de juego (dentro de unas reglas generales), sino la obsesión por la uniformidad en un marco diverso y plural.
Donaire ha dit…
Alice

La llei és molt explícita. Fins i tot la llei catalana vigent, que no canvia amb el nou Estatut. El redactat està farcit d'articles que no es poden interpretar perquè són molt explícits.

En canvi, és veritat que l'esment a una presència adequada de castellà i català depèn de què vol dir "adequada". L'adjectiu inicial era "una presència mínima" i s'ha canviat per aquest perquè "mínim" té una connotació de molt bàsic.

El marc és aquest i crec que la referència a la llengua està molt ben resolta. Probablement el problema ha estat (i serà) de la no aplicació de la llei en alguns casos. Aquí sí que em comprometo a que hi hagi una vigilància més activa per a què la llei efectivament es compleixi.
Citoyen ha dit…
Mr. Air, le prometo escribir un artículo con mas o menos prontitud sobre este asunto. Aquí no comento más, que veo qeu me estoy ganando fama de contrarrevolucionario sino de pepero:P

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